viernes, 24 de noviembre de 2017

ADIÓS AL PECADO ORIGINAL


    (Foto tomada de YouTube con fines únicamente ilustrativos).

Sin duda usted tiene muy frescas en su mente, aquellas tan lapidarias como asertivas palabras de Iván Velásquez, al referirse al carácter mercantil de nuestra política criolla: “El financiamiento electoral ilícito es el pecado original de la democracia”, aseveró. Pero no es totalmente cierto. No es necesario que sea de fuente ilícita. Ese pecado original es el financiamiento electoral privado, lícito o no.

Precisamente hace unos días escribí en este espacio acerca de la más importante norma que considero factible incorporar en las reformas a la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP) que se discuten actualmente en el Congreso de la República. En esa ocasión apunté: “(...)estoy convencido de que solo hay una reforma efectiva que vendría asignificar adelantos profundos: prohibir totalmente el financiamiento privado a los partidos políticos y que su actividad se sustente únicamente con fondos públicos”.

Horas después de publicarse la columna mencionada, el diputado Fidel Reyes Lee me envió su propuesta de reformas a la LEPP. Los motivos que fundamentan su iniciativa se sustentan en que “El financiamiento privado tergiversa la democracia, permite la cooptación del Estado por parte de los financistas privados y los funcionarios electos popularmente, en estas condiciones no responden adecuadamente al interés general”. Argumentos todos, decididamente irrebatibles.

   INICIATIVA AUDAZ. El diputado Fidel Reyes Lee (UNE) presentó una iniciativa de ley para reducir al máximo el financiamiento electoral privado a los candidatos a cargos públicos de elección popular.

El financiamiento privado, agrega, es un medio que propicia el subdesarrollo nacional (para mí, lo incrementa), debido a que es un medio de influir en el diseño y ejecución de las políticas públicas, a fin de beneficiar a los financistas en perjuicio del bien común. Seguidamente, la ponencia de Reyes Lee subraya que “esta es una barrera que impide la nominación de candidaturas a cargo de ciudadanos que verdaderamente representen los genuinos intereses de la población”.

Obviamente es una propuesta encomiable, aunque debo señalar que contiene aspectos debatibles. Por ejemplo, el diputado sugiere que después de las elecciones  ya no se entreguen los US$ 2 por voto, sino que se otorgue, tanto a los partidos políticos como a los comités cívicos electorales, “una asignación monetaria por afiliado que posean, 90 días antes de la fecha de elecciones”. El objetivo es que puedan contar con recursos para cubrir los gastos de campaña y así evitar caer en las garras de financistas privados (lícitos o ilícitos).

El problema en este caso específico, es que la LEPP actual -nos guste o no- ya contiene avances hacia la institucionalización de las organizaciones políticas, al contemplar destinos específicos para los fondos públicos que se les asigna. Por ejemplo, el artículo 21 bis prescribe que los recursos de la deuda política se distribuirán como sigue: 30 % para formación y capacitación de afiliados, 20 % para actividades nacionales y funcionamiento de la sede nacional, y 50 % para el pago de funcionamiento y otras actividades del partido en los departamentos y municipios donde tenga organización partidaria vigente.

  1.     DINERO A RAUDALES.  En las campañas electorales abundan los empresarios que le otorgan millonarias cantidades a los partidos políticos. El problema es que el financiamiento privado lícito, fácilmente puede abrir las puertas a dinero privado ilícito

Si se quiere institucionalizar -como lo exige La Plaza- es preciso que los partidos políticos operen como tales, lo cual solo se puede lograr si disponen de recursos suficientes todo el tiempo y no solo en vísperas del proceso electoral. Aún así, Reyes Lee cree que esto se corrige si el financiamiento privado “solo se permite” destinarlo a actividades ordinarias de los partidos y no se puede transferir para gastos de campaña electoral. Empero, faltaría ver si en la práctica hay financistas -dedicados a actividades lícitas- que acepten aportar recursos, a sabiendas de que no van a poder pasar la factura a los futuros funcionarios.

Sabemos que los casos de corrupción desvelados en los últimos años han contribuido a exacerbar la demanda ciudadana en pro del buen uso de los recursos que le aporta al fisco. No obstante, esta predisposición genera una percepción injusta porque invisibiliza las bondades de un sistema político financiado desde lo público versus el descomunal costo que tienen las acciones corruptas favorecidas por las componendas entre políticos y empresarios.



Habría que observar la normativa de muchos países que han superado ese prejuicio y destinan fondos públicos para financiar su política. En España se aplica un modelo similar al sugerido por Reyes Lee, con financiamiento público, tanto para las operaciones cotidianas de los partidos políticos como para las campañas electorales, aunque no forman parte del presupuesto electoral global, y se permite a los partidos políticos recibir algún financiamiento originado en fuentes privadas. En Latinoamérica predomina el modelo de financiación mixto, tales los casos de Uruguay, Costa Rica, Argentina, México, Ecuador, Nicaragua, Honduras, El Salvador, Colombia y Chile, entre otros.


¿FINANCIAMIENTO PÚBLICO O PRIVADO? Son numerosos los países que han implementado programas de financiamiento político con recursos públicos.

Por tanto, pareciera que en nuestro país lo deseable es desarrollar un sistema de financiación pública nada más. Los escándalos de corrupción y, sobre todo, la innegable presencia del crimen organizado en el sistema político-electoral no solo ha sido determinantes para pervertir el sistema, sino que justifican toda acción orientada a reducir sus posibilidades de influencia.

Y, como decía en el primer párrafo de este artículo, esta propuesta es factible en el corto plazo. No es que no crea en el aporte a la democracia que emerge de temas como la creación de pequeños distritos o del voto uninominal. Al contrario, pero lamentablemente estos no entran en vigencia con solo ser incluidos por los diputados en las reformas a la LEPP. Requieren, como ya lo han explicado algunos juristas, la reforma constitucional del artículo 157. Y para lograr eso, hay que atravesar un largo y tortuoso camino en el Legislativo, pero mucho me temo que ya vamos demasiado tarde.

A cambio, podemos concentrarnos en lo posible. Y si la Cicig sacudió la conciencia ciudadana cuando reconoció que el financiamiento electoral mafioso es el “pecado original” de nuestra democracia ¿por qué no empezar el proceso de expulsión de los “pecadores”; esos que reducen el concepto de política a un mero intercambio comercial?


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