Por: Édgar Rosales
Todavía está fresca aquella
monumental torpeza orquestada por un grupo de diputados que pretendía
blindar a los secretarios generales de los partidos políticos ante
eventuales denuncias por financiamiento electoral ilícito; hecho que
contribuyó a precipitar hacia el abismo el poco prestigio que le
quedaba a los ponentes de tan infeliz iniciativa.
En lugar de propiciar impunidad
pudieron aprovechar la ocasión y legislar un acto verdaderamente
positivo para el sistema político: prohibirle a los secretarios
generales todo contacto con recursos financieros y obligarlos a hacer
lo que naturalmente le corresponde a cualquier dirigente: dedicarse
exclusivamente a lo político. Por supuesto, en caso de desobedecer
este mandato y partiendo del hecho que la responsabilidad penal es
personalísima, entonces sí cabría deducirle las responsabilidades
correspondientes.
Sirva este caso de ejemplo porque es
evidente que el sentido común y la visión profunda son elementos
ausentes en nuestros legisladores. Y es que así como en este caso,
han abundado las sinrazones, disparates y ridiculeces tanto alrededor
de la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP) vigente, como en
algunas de las reformas que se discuten en la actualidad.
Diversidad de propuestas. Durante el proceso de reformas a la LEPP
han abundado las propuestas, ideas y contrapropuestas. Muy pocas
llegarán a aprobarse. (Foto AGN)
Diversidad de propuestas. Durante el proceso de reformas a la LEPP
han abundado las propuestas, ideas y contrapropuestas. Muy pocas
llegarán a aprobarse. (Foto AGN)
Es preciso ser categóricos: al
contrario de lo que se ha dicho, las reformas aprobadas el año
pasado en modo alguno son asuntos cosméticos, por no abarcar todas
las demandas planteadas por La Plaza. Lo que Mario Taracena y colegas
han legado son normas de difícil aplicación, excesivamente
administrativas y que sacrifican lo político. Pareciera que el fin
no era modernizar y controlar de mejor forma la acción política,
sino que esta se redujese al mínimo y que los partidos a desgastaran
en pura tramitología.
Ejemplo: Artículo 19 Bis.
Fiscalización. “…quedan sujetos a la fiscalización de la
Contraloría General de Cuentas y del Tribunal Supremo Electoral,
cada quien dentro de su competencia constitucional, por la
administración o manejo de los fondos provenientes del
financiamiento público o privado establecido en la presente Ley…”
Sin embargo, la única dependencia con
facultades constitucionales para encargarse del régimen de control y
fiscalización de fondos públicos es la Contraloría General de
Cuentas (Artículo 232 de la Carta Magna). En todo caso, la LEPP (no
la Constitución) le encomienda al TSE: “el control y fiscalización
de los fondos públicos y privados que reciban las organizaciones
políticas para el funcionamiento de sus actividades permanentes y de
campaña”. Doble auditoría.
Lo problemático es que los órganos
mencionados aplican criterios a discreción, lo cual no ha
contribuido a mejorar la transparencia y sí consumen largas horas de
papeleo, auditajes y demás burocracia, en detrimento -de nuevo- de
la acción política. Lo conveniente sería que la Contraloría se
ocupara de los fondos públicos y el TSE de los privados.
Otro ejemplo: resulta desastroso, grave
e inadmisible que se defina de una manera tan superficial el asunto
de la campaña anticipada, según lo establece el artículo 94 Bis:
“No será inscrito como candidato quien haga campaña a título
individual a cargos de elección popular publicitando su imagen, en
los diferentes medios de comunicación social, antes de la
convocatoria oficial de elecciones…” Lo anterior es un terrible
atropello contra la libertad de emisión del pensamiento. Con base en
esa prescripción, prácticamente ningún columnista podrá
presentarse como aspirante a un cargo de elección popular porque la
autoridad electoral puede considerar que sus artículos llevaban la
intención de “publicitar su imagen” con miras a alguna
candidatura. ¿Y cómo se exige a los partidos políticos que dejen
de ser máquinas electoreras y se ocupen de los problemas nacionales,
si la menor aparición de su secretario general va a ser considerada
“campaña anticipada”?
Es vital e impostergable que estos
errores se enmienden dentro del actual proceso de discusión de la
LEPP. Veo, sin embargo, que no están en la agenda de los
reformistas, por lo que es pertinente invitarlos a una reflexión: si
es difícil participar electoralmente en las condiciones actuales,
¿cuánto más lo será si los potenciales candidatos -por ahora
desconocidos- al final dispondrán únicamente del tiempo que corre a
partir de la convocatoria a elecciones generales para darse a
conocer?
¿Habrá Subistritos?. Aunque la Comisión legislativa de asuntos electorales salió al paso de las demandas al aprobar subdistritos electorales en las reformas a la LEPP. Sin embargo, por ser un tema constitucional la última palabra la tendrá la Corte Celestial. (CC).
En lo personal nunca he estado de
acuerdo con limitar la acción política (aún la electoral) por
medio del mecanismo de “campaña anticipada”. En todo caso, dicha
limitación sería válido aplicarla a funcionarios públicos,
especialmente si han utilizado fondos del Estado para este propósito.
Empero, por principio elemental, lo deseable en democracia es
favorecer la participación y solo restringirla frente a casos
excepcionales, como estos que menciono.
Por ello, considero que el voto
uninominal o la creación de subdistritos resultan meros señuelos
que facilitan la participación electoral de algunas personas, pero
en esencia no modifican los vicios del “sistema”. Su mayor
debilidad es que se trata de entidades geográficamente artificiales
y no claramente identificables; que se engaña a la población con
eso de que “van a saber quién es su diputado”, pero que una vez
cumplido su objetivo electoral dejarán de tener relevancia para los
electores y estos volverán a gestionar sus problemas ante las
autoridades tradicionales: alcaldes, gobernadores y dependencias del
Ejecutivo.
Aunque reitero mi convicción antes
expresada, que la vía judicial no es la ruta para solucionar
problemas de fondo de esta sociedad, también estoy convencido de que
solo hay una reforma efectiva que vendría a significar adelantos
profundos: prohibir totalmente el financiamiento privado a los
partidos políticos y que su actividad se sustente únicamente con
fondos públicos. Hay tantas experiencias similares en el mundo.
Ninguna otra reforma se necesita. ¡Ah! Y formar verdaderos
políticos.
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