viernes, 17 de noviembre de 2017

ESAS COSAS DE LA LEPP (ANTES DE REFORMARLA)




Por: Édgar Rosales

Todavía está fresca aquella monumental torpeza orquestada por un grupo de diputados que pretendía blindar a los secretarios generales de los partidos políticos ante eventuales denuncias por financiamiento electoral ilícito; hecho que contribuyó a precipitar hacia el abismo el poco prestigio que le quedaba a los ponentes de tan infeliz iniciativa.

En lugar de propiciar impunidad pudieron aprovechar la ocasión y legislar un acto verdaderamente positivo para el sistema político: prohibirle a los secretarios generales todo contacto con recursos financieros y obligarlos a hacer lo que naturalmente le corresponde a cualquier dirigente: dedicarse exclusivamente a lo político. Por supuesto, en caso de desobedecer este mandato y partiendo del hecho que la responsabilidad penal es personalísima, entonces sí cabría deducirle las responsabilidades correspondientes.

Sirva este caso de ejemplo porque es evidente que el sentido común y la visión profunda son elementos ausentes en nuestros legisladores. Y es que así como en este caso, han abundado las sinrazones, disparates y ridiculeces tanto alrededor de la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP) vigente, como en algunas de las reformas que se discuten en la actualidad.

                                Diversidad de propuestas. Durante el proceso de reformas a la LEPP
                                han abundado las propuestas, ideas y contrapropuestas. Muy pocas
                                llegarán a aprobarse. (Foto AGN)

Es preciso ser categóricos: al contrario de lo que se ha dicho, las reformas aprobadas el año pasado en modo alguno son asuntos cosméticos, por no abarcar todas las demandas planteadas por La Plaza. Lo que Mario Taracena y colegas han legado son normas de difícil aplicación, excesivamente administrativas y que sacrifican lo político. Pareciera que el fin no era modernizar y controlar de mejor forma la acción política, sino que esta se redujese al mínimo y que los partidos a desgastaran en pura tramitología.

Ejemplo: Artículo 19 Bis. Fiscalización. “…quedan sujetos a la fiscalización de la Contraloría General de Cuentas y del Tribunal Supremo Electoral, cada quien dentro de su competencia constitucional, por la administración o manejo de los fondos provenientes del financiamiento público o privado establecido en la presente Ley…”

Sin embargo, la única dependencia con facultades constitucionales para encargarse del régimen de control y fiscalización de fondos públicos es la Contraloría General de Cuentas (Artículo 232 de la Carta Magna). En todo caso, la LEPP (no la Constitución) le encomienda al TSE: “el control y fiscalización de los fondos públicos y privados que reciban las organizaciones políticas para el funcionamiento de sus actividades permanentes y de campaña”. Doble auditoría.

Lo problemático es que los órganos mencionados aplican criterios a discreción, lo cual no ha contribuido a mejorar la transparencia y sí consumen largas horas de papeleo, auditajes y demás burocracia, en detrimento -de nuevo- de la acción política. Lo conveniente sería que la Contraloría se ocupara de los fondos públicos y el TSE de los privados.

Otro ejemplo: resulta desastroso, grave e inadmisible que se defina de una manera tan superficial el asunto de la campaña anticipada, según lo establece el artículo 94 Bis: “No será inscrito como candidato quien haga campaña a título individual a cargos de elección popular publicitando su imagen, en los diferentes medios de comunicación social, antes de la convocatoria oficial de elecciones…” Lo anterior es un terrible atropello contra la libertad de emisión del pensamiento. Con base en esa prescripción, prácticamente ningún columnista podrá presentarse como aspirante a un cargo de elección popular porque la autoridad electoral puede considerar que sus artículos llevaban la intención de “publicitar su imagen” con miras a alguna candidatura. ¿Y cómo se exige a los partidos políticos que dejen de ser máquinas electoreras y se ocupen de los problemas nacionales, si la menor aparición de su secretario general va a ser considerada “campaña anticipada”?

Es vital e impostergable que estos errores se enmienden dentro del actual proceso de discusión de la LEPP. Veo, sin embargo, que no están en la agenda de los reformistas, por lo que es pertinente invitarlos a una reflexión: si es difícil participar electoralmente en las condiciones actuales, ¿cuánto más lo será si los potenciales candidatos -por ahora desconocidos- al final dispondrán únicamente del tiempo que corre a partir de la convocatoria a elecciones generales para darse a conocer?

    ¿Habrá Subistritos?.  Aunque la Comisión legislativa de asuntos electorales salió al paso de las       demandas al aprobar subdistritos electorales en las reformas a la LEPP. Sin embargo, por ser un tema constitucional la última palabra la tendrá la Corte Celestial. (CC).

En lo personal nunca he estado de acuerdo con limitar la acción política (aún la electoral) por medio del mecanismo de “campaña anticipada”. En todo caso, dicha limitación sería válido aplicarla a funcionarios públicos, especialmente si han utilizado fondos del Estado para este propósito. Empero, por principio elemental, lo deseable en democracia es favorecer la participación y solo restringirla frente a casos excepcionales, como estos que menciono.

Por ello, considero que el voto uninominal o la creación de subdistritos resultan meros señuelos que facilitan la participación electoral de algunas personas, pero en esencia no modifican los vicios del “sistema”. Su mayor debilidad es que se trata de entidades geográficamente artificiales y no claramente identificables; que se engaña a la población con eso de que “van a saber quién es su diputado”, pero que una vez cumplido su objetivo electoral dejarán de tener relevancia para los electores y estos volverán a gestionar sus problemas ante las autoridades tradicionales: alcaldes, gobernadores y dependencias del Ejecutivo.

Aunque reitero mi convicción antes expresada, que la vía judicial no es la ruta para solucionar problemas de fondo de esta sociedad, también estoy convencido de que solo hay una reforma efectiva que vendría a significar adelantos profundos: prohibir totalmente el financiamiento privado a los partidos políticos y que su actividad se sustente únicamente con fondos públicos. Hay tantas experiencias similares en el mundo. Ninguna otra reforma se necesita. ¡Ah! Y formar verdaderos políticos.  

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